jueves, 16 de abril de 2015

Por qué Bautizamos a los Infantes

John Murray (1898-1975)

El bautismo es una de las ordenanzas del Nuevo Testamento que llamamos sacramentos. El bautismo se administra en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. El bautismo “en el nombre de” significa “en unión con” o “en el discipulado de”. El bautismo en el nombre del Dios trino significa el bautismo en sujeción y devoción al único Dios vivo y verdadero. Significa que la marca del Dios trino se coloca sobre los recipientes del mismo.
La colocación de la marca de Dios sobre nosotros en el bautismo no significa, sin embargo, que sea la autenticación o sello de una posesión por parte de Dios o del discipulado por nuestra parte, lo cual es naturalmente e innatamente un hecho. Es verdad que hay una propiedad natural de parte de Dios y una devoción inalienable que nosotros sus criaturas le debemos él. Pero el bautismo no es la marca de una propiedad que es inherente y propiamente de Dios ni de la devoción por nuestra parte de que naturalmente le pertenecemos. Es la marca de una posesión que es constituida, y de una devoción que es creada, por la acción y relación redentivas. En otras palabras, es la marca del Pacto de Gracia. En él, y portándolo, profesamos renunciar a cualquier otro señorío excepto del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo en todas las múltiples relaciones que llegamos a tener con cada Persona en los términos del Pacto de Gracia.
Más específicamente, el bautismo significa el lavamiento o purificación, lavamiento de la inmundicia o corrupción del pecado por medio de la regeneración del Espíritu Santo, y el lavamiento de la culpa del pecado por el rociamiento de la sangre de Jesucristo. Manifiestamente, es solamente en y a través de Cristo y su obra que estas bendiciones pueden ser disfrutadas. La unión con Cristo, por lo tanto, es el lazo que nos une en la participación de estas bendiciones. Nuestro Catecismo Menor nos da una definición muy sucinta y comprehensiva cuando dice que “El Bautismo es un sacramento, en el cual, el lavamiento con agua, en nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, significa y sella nuestra unión con Cristo, nuestra participación en los beneficios de la alianza de gracia y nuestro comprometimiento de ser del Señor” (P/R 94).
Creemos que la Escritura garantiza la dispensación de esta ordenanza del bautismo a los infantes. Así como los infantes eran circuncidados en el Antiguo Testamento—y la circuncisión significaba fundamentalmente lo mismo que el bautismo, a saber, la remoción de la suciedad del pecado y la imputación de la justicia que es por la fe—de este modo, los niños que permanecen en una relación similar del pacto con Dios deben ser bautizados bajo el Nuevo Testamento. Puede que preguntemos, ¿qué significa precisamente esto?
Significa que los hijos, incluso los infantes recién nacidos, permanecen en la necesidad de la purificación del pecado tanto en su corrupción y su culpa. Los hijos no llegan a ser pecaminosos después que ellos crecen o durante el proceso de crecimiento. Ellos son pecaminosos desde el mero principio. Ellos son concebidos en pecado y dados a luz en iniquidad. Ellos se desvían desde el mismo vientre. Nadie que está verdaderamente convencido del pecado recuerda cuando llegó a ser pecador. Él sabe que no fue por alguna deliberada decisión o acto de su parte que llegó a ser pecaminoso. Él sabe que siempre fue pecaminoso. Él reconoce verdaderamente que aquella pecaminosidad innata e inherente ha sido agravada, y que repetidamente se ha manifestado en sus actos voluntarios de pecado. Pero fue la pecaminosidad ya inherente la que fue agravada, y llegó a manifestarse, en sus actos voluntarios. Además, nadie que es verdaderamente observador del crecimiento y desarrollo de otros desde la infancia hasta la adultez recuerda ningún momento en que el pecado por primera vez empezó a tomar posesión de su corazón, interés y propósito.
La disposición siempre está en nosotros, y es particularmente frecuente en el tiempo presente, de minimizar la seriedad de este hecho. Existe la tendencia a pensar y actuar en términos de la inocencia de los pequeñitos. Las consecuencias de tal actitud son desastrosas para toda verdadera crianza e instrucción. Porque eliminar de nuestra actitud y conducta un hecho tan básico y de largo alcance como la corrupción innata de la naturaleza humana caída es eliminar un hecho sin el cual la crianza y dirección tienen que guiar a una perversión y falsedad múltiples más desesperada que aquella con la que empezó. El bautismo de infantes es un recordatorio perpetuo de que los infantes necesitan lo que el bautismo representa y que no puede haber escapatoria, o mejora de, ese horrible hecho.
Pero el bautismo es, después de todo, un sacramento de gracia. Y por lo tanto significa más que el hecho de la necesidad. Significa que por la gracia de Dios los infantes pueden disfrutar precisamente y plenamente lo que el bautismo representa. Ellos pueden ser regenerados por el Espíritu y justificados en la sangre de Cristo. Ellos pueden ser unidos a Cristo en toda la perfección de sus oficios Mediadores y en toda la eficacia de su obra consumada.
Debemos hacer una pausa para considerar lo precioso de estas verdades. Verdaderamente no tendremos ninguna apreciación de su valor a menos que estemos persuadidos de ese horrible hecho al cual ya hemos hecho referencia, a saber, el hecho del pecado original. Pero si sinceramente encaramos el hecho de la corrupción funesta de la naturaleza humana en su estado actual, no hay palabras humanas que adecuadamente puedan expresar el gozo que experimentamos en la contemplación de aquello que el bautismo significa para los infantes. Reflexionemos brevemente en lo precioso de estas verdades mediante dos consideraciones.
Primero, los niños pueden, y con frecuencia, mueren a una edad muy temprana. Si ellos murieran sin la regeneración y justificación, ellos estarían perdidos tan ciertamente como los otros que muriendo en un estado irregenerado están finalmente perdidos. El bautismo de los niños, entonces, significa que la gracia de Dios se apodera de los niños a una edad muy temprana, inclusive ya desde el mismo vientre. Eso quiere decir, en otras palabras, que no tenemos que excluir las operaciones de la gracia salvífica y eficiente de Dios de la esfera o reino de la infancia temprana. Es a esta verdad que el Señor le dio su testimonio más insistente y enfático cuando dijo, “Dejad a los niños venid a mí, y no se los impidáis, porque de los tales es el reino de los cielos”.
Por supuesto, no debemos ser mal interpretados al afirmar este principio. No estamos diciendo que las operaciones de la gracia salvífica de Dios estén presentes en el corazón de cada infante. El hecho mismo es demasiado evidente de que multitudes crecen hasta los años de discreción e inteligencia y muestran que la gracia salvadora de Dios no atrapó sus corazones y mentes en los días de su infancia. Ni tampoco estamos tomando la posición necesariamente de que todos los que mueren en la infancia son recipientes de la gracia salvífica de Dios. Tenemos que dejar esa pregunta en el reino al cual pertenece, a saber, el consejo oculto de Dios. Pero es cierto, no obstante—y ése es el punto que ahora estamos interesados en acentuar—que la gracia de Dios es operativa en el reino del corazón y de la mente del infante. “De la boca de los niños y de los que maman, perfeccionaste la alabanza”. Qué pensamiento y esperanza y confianza tan benditos se extiende a los padres creyentes cuando en el bautismo ellos encomiendan sus hijos a la gracia regeneradora y santificante del Espíritu Santo y a la eficacia purificante de la sangre de Cristo, de tal modo, que si tal vez el Señor se complace en recogerlos en la infancia, ellos—los padres creyentes—puedan suplicar y descansar en las promesas del Pacto de Gracia a favor de ellos. Con toda seguridad puede decirse de ellos que no tienen por qué entristecerse como aquellos que no tienen esperanza.
Pero, en segundo lugar, debemos apreciar el gran valor de estas verdades por la razón de que los niños no necesitan crecer hasta los años de la discreción e inteligencia antes de llegar a ser del Señor. Así como los niños son pecaminosos antes de llegar a los años de discreción y entendimiento, de la misma manera por la gracia soberana de Dios ellos no necesitan crecer para llegar a ser participantes de la gracia salvadora. Ellos crecerán no solamente en la crianza y admonición del Señor, sino también en su favor y gracia santificante. Ellos pueden ser introducidos desde sus años más tiernos a la familia y casa del Padre celestial. Cuando los padres creyentes presentan a sus niños para el bautismo ellos están confesando que sus hijos son pecaminosos innatamente, pero ellos también están pidiendo a favor de sus hijos la gracia regeneradora y justificante de Dios. Confiando en la promesa de que “Mas la misericordia de Jehová es desde la eternidad y hasta la eternidad sobre los que le temen, y su justicia sobre los hijos de los hijos; sobre los que guardan su pacto, y los que se acuerdan de sus mandamientos para ponerlos por obra”, ellos abrigan el estímulo y la esperanza de que aquellos “Plantados en la casa de Jehová, en los atrios de nuestro Dios florecerán. Aun en la vejez fructificarán; estarán vigorosos y verdes, para anunciar que Jehová mi fortaleza es recto, y que en él no hay injusticia”.
El bautismo es la ordenanza que nos inicia en la comunión de la iglesia visible. La iglesia visible es una institución divina. Es la casa y familia de Dios. Es un santuario divino donde la gloria de Dios se da a conocer. Es el canal por donde normalmente la actual gracia salvadora de Dios fluye. Qué privilegio es para los padres que por la autoridad divina de la recepción de la ordenanza del bautismo introduzcan a sus hijos a esta bendita comunión. Si el bautismo de los infantes tiene la garantía divina, entonces qué deshonor se le hace a Cristo y qué daño irreparable es hecho a la iglesia y a las almas de los niños al rechazar introducirlos a esta comunión gloriosa. Ningún argumento de presunta conveniencia, ningún aparente fervor evangelístico contrarrestarán ese deshonor a nuestro Señor y ese daño hecho a las almas de los hombres.
En la conclusión de este breve estudio del significado y privilegio del bautismo de infantes, hay dos advertencias que tienen que ser hechas. La primera es aquella en contra de la regeneración bautismal. No tenemos que mirar al bautismo como teniendo algún efecto semi-mágico. El bautismo deriva toda su eficacia de la gracia soberana del Espíritu Santo. Haremos bien en recordarnos las palabras de nuestro Catecismo Menor, “Los sacramentos vienen a ser medios eficaces de salvación, no porque haya alguna virtud en ellos, o en aquel que los administra; sino solamente por la bendición de Cristo, y la operación de su Espíritu en aquellos que los reciben con fe” (P/R 91). Nunca tenemos que dar por sentado que el infante que es bautizado sea por ese mismo hecho asegurado ya de la vida eterna. El bautismo es ciertamente un medio de gracia el cual Dios ha, de acuerdo con su designación, honrado y bendecido abundantemente a través de toda la historia de la iglesia cristiana. Pero tenemos que preservar siempre el verdadero evangelicalismo de nuestra fe cristiana de que, en el último análisis, no somos salvos por ningún rito u ordenanza externos, sino por la soberana gracia de Dios que obra misteriosamente, directamente y eficazmente en el corazón y alma de cada individuo a quién él ha ordenado para salvación. La segunda advertencia es que el bautismo de infantes no libera a los padres o tutores, cualquiera sea el caso, de esa solemne responsabilidad de instruir, advertir, exhortar, dirigir y proteger a los miembros infantes de la iglesia cristiana encomendados a su cuidado. Tenemos que repetir una y otra vez el texto que ya hemos citado, “la misericordia de Jehová es desde la eternidad y hasta la eternidad sobre los que le temen, y su justicia sobre los hijos de los hijos; sobre los que guardan su pacto, y los que se acuerdan de sus mandamientos para ponerlos por obra”. El aliento y estímulo que se deriva de una promesa divina nunca tiene que divorciarse del cumplimiento de las obligaciones involucradas. Es solamente en la atmósfera de la obligación cumplida, en una palabra, en la atmósfera de la obediencia a los mandamientos divinos, que la fe en la promesa divina puede vivir y crecer. La fe divorciada de la obediencia es burla y presunción.
Traducido por Valentín Alpuche.

5 comentarios:

  1. Pero que gravedad de interpretación bíblica hay expuesta en este artículo.
    Juicio de Dios caerá sobre las personas que publican este tipo de errores bíblicos y dogmas sin base de poder ni revelación del Espíritu Santo, oro para que personas nuevas no lean este tipo de huecas sutilezas para no perderlos y crearles confusión. dios los ilumine y el poder del Espíritu Santo atraviese sus corazones de la verdad. Dios los bendiga en el Señor.

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    1. A juzgar por sus palabras debe ser ud un "pentecostal" (me quedo con la duda) no se tomo ni siquiera el trabajo de saber quien fue John Murray gracias por sus deseo de juicio y luego de bendiciones, le dire algo sobre el autor: claro que para tener algo de idea seria bueno conocer el Westminster Theological Seminary, donde fue DIRECTOR. aunque se tambien que para un Argentino esto no significa nada ya que menosprecian todo lo que ignoran, evidenciando su ceguera voluntaria.

      John Murray

      Fechas:
      (1898-1975)

      Datos Biográphicos:
      N. en Badbea (Sutherland, Escocia). Sus padres eran miembros de la Iglesia Libre de Escocia. Estudió en la Universidad de Glasgow (M.A., 1923), y en el Seminario Teológico de Princeton (EE.UU., Th.M., 1927). Durante el año 1929 enseñó teología sistemática en éste seminario, hasta que fue invitado a formar parte de la facultad docente del recientemente fundado Westminster Theological Seminary, con J.G. Machen (v.) como Director.

      dedicó todos sus esfuerzos de investigación teológica en el campo de la teología bíblica, donde se destaca por su detalle, precisión y análisis minucioso del texto original, como demuestra su comentario a Romanos en dos volúmenes.

      En 1958 recibió la invitación de Lloyd-Jones (v.) para dar la Conferencia Bíblica Campbell Morgan en Westminster Chapel. Eran los días en que estaba resurgiendo el interés la fe reformada en Inglaterra, no tanto en su versión académica como vital y formativa de la predicación, a la que M. daba mucha importancia, y hacia la que toda teología bíblica debería tender.

      Fiel a la fe reformada expresada en la Confesión de Fe de Westminster, M. dedicó un enjundioso estudio al controvertido tema de la llamada “redención limitada”, en cuya defensa acudió desde la Escritura interpretada desde la perspectiva calvinista. Otra doctrina que ocupó su atención fue la inerrancia de la Biblia, tan celoso en mantener.

      Obras Disponibles: El divorcio (EEE); La revelación consumada y aplicada (CLIE). Biog.: The Life of John Murray, Iain H. Murray. BT, Edimburgo 1982.


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  2. Muy buenas noches. Lei cada uno de los articulo aqui expuesto, y solo se me viene un sentimiento a mi corazon: tristeza, senti pena por usted, nose nada de usted pero si puedo percibir que sufrio una gran desilusion en su vida con respecto a la iglesia, la cual trajo una enorme raiz de amargura a su corazon y sembro en usted un espiritu de error, Dios lo ayude hermano quierido a usar todo el potencial que esta en usted de la forma mas amorosa posible, no es un juez es un hijo de Dios por eso le aconsejo perdone a los que lo hirieron y dejese ser el verdadero instrumento de Dios santo, humilde, manso y perdonador.
    Dios lo bendiga mucho.

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    1. Otro pentecostal: se evidencia en el leguaje sentimental en donde los sensitivo o sensorial tiene mas autoridad que la Biblia misma, ya que todo pasa por lo que sienten en su corazon por esto montaron un consultorio de psicologia en la congregacion, igual le dare alguna pequeña informacion sobre el bautismo de niños, si ud cree y dice que es "protestante" sepa que Lutero bautizaba infantes, Calvino bautizaba infantes y esto fue asi por siglos tantos siglos que los dicipulos de los apostoles tambien lo hacian, Orígenes, escribió en el año 244A.D. que "el bautismo se le da a los infantes" (Homilías sobre Levítico, 8:3:11). El Concilio de Cartago, 253A.D. condenó la opinión de que el bautismo no debe darse a infantes hasta el octavo día de su nacimiento. Más tarde Agustín enseñó: "La costumbre de la Madre Iglesia de bautizar a los infantes ciertamente no debe ridiculizarse... ni se debe creer que su tradición es otra cosa sino enseñanza apostólica" (Interpretación literal del Génesis 10:23:39 [A.D. 408]).

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