domingo, 11 de diciembre de 2016

Sobre los dos Pactos

por Herman Witsius

En las Escrituras, encontramos dos pactos de Dios con el hombre: El Pacto de Obras, también conocido como el Pacto de la Naturaleza, o el pacto Legal; y el Pacto de Gracia. El apóstol nos enseña está distinción, Romanos 3:27, donde él menciona la ley de obras y la ley de fe; por la ley de obras, entendemos esa doctrina que nos muestra el camino en el cual, por medio de las obras, la salvación es obtenida; y por la ley de fe, es la doctrina que nos dirige por la fe a obtener la salvación. La forma del pacto de obras es «El hombre que haga estas cosas, vivirá por ellas,» Romanos 10:5. Ese pacto de gracia es, «Todo aquel que en él creyere, no será avergonzado,» verso 11.
Estos pactos concuerdan, Primero que en ambos, los contratantes del pacto son los mismos, Dios y el hombre. Segundo, en ambos, la misma promesa de vida eterna, consistiendo en el fruición inmediato de Dios. Tercero, la condición de ambos es el mismo, a saber obediencia perfecta a la ley. Ni hubiera sido digno de Dios de admitir el hombre a una comunión bendita con Él, sino por el pos de santidad intachable. Cuatro, en ambos, el mismo fin, la gloria de la bondad sin mancha de Dios.
Pero en los siguientes particulares son diferentes. Primero, el carácter o relación de Dios y el hombre, en el pacto de obras, es diferente de lo que es en el pacto de gracia. En el primero, Dios trata como el legislador supremo y el sumo bondad, regocijándose al hacer a su inocente criatura un compartidor de Su felicidad. En el segundo, como el infinito misericordioso, adjudicando vida al pecador electo consistente con Su sabiduría y justicia. Segundo, En el pacto de obras no hay Mediador: en la de gracia, esta el Mediador Jesucristo. Tercero, En el pacto de obras, la condición de obediencia perfecta fue requerida, de ser lograda por el hombre mismo, quien había consentido a ello. En la de gracia, la misma condición es propuesta, de ser, o de ya haber sido cumplido, por un Mediador. Y en esta substitución de la persona, consiste a diferencia principal y esencial de los pactos. Cuatro, en el pacto de las obras, el hombre es considerado como obrador y la recompensa de ser dado como un pago: y así que la jactancia del hombre no debe ser excluida, pero él puede gloriar como un servidor fiel lo puede hacer cuando cumpla con su deber, y puede reclamar la recompensa prometida por su obra. En el pacto de gracia, el hombre impío es considerado en el pacto, como un creyente; y la vida eterna es considerada como el mérito del Mediador, y dado a hombre por una gracia gratuita, cual excluye toda jactancia, aparte de gloriarse como creyente pecador en Dios, como su misericordioso Salvador. Quinto, en el pacto de obras, algo es requerido del hombre como una condición, la cual cumplida le da derecho a la recompensa. En el pacto de gracia, con respecto a nosotros, consiste de las promesas absolutas de Dios, en el cual el Mediador, la vida de ser obtenida por Él, la fe por la cual podemos ser participantes de Él, y de los beneficios comprados por Él, y la perseverancia en esa fe; en una palabra, la salvación entera, y todos los requisitos a ello, son prometidas absolutamente. Sexto, el fin especial del pacto de obras, fue la manifestación de la santidad, la bondad y la justicia de Dios, conspicuo en la ley más perfecta, la promesa más liberal, y en esa recompensa de galardón, para darse a aquellos, quienes lo buscan con todo su corazón. El fin especial del pacto de gracia es, la alabanza de la gloria de su gracia, Efe. 1:6 y la revelación de su inescrutable y multiforme sabiduría: cuales perfecciones divinos brillan con esplendor en la dádiva de un Mediador, por quien el pecador es admitido a una salvación completa, sin cualquier deshonra a la santidad, la justicia, y la verdad de Dios. Hay también una demostración de la suficiencia completa de Dios por la cual no tan solo el hombre, sino un pecador, cual es más sorprendente, puede ser restaurado a unión y comunión con Dios.
1Teólogo holandés 1636-1708. Fue un teólogo de grande influencia, en particular en desarrollar la teología del pacto. Su obra, de la cual este breve traducción es sacado, es esencial para conocer con más profundes la teología del pacto.
Traducido por:
Edgar A. Ibarra Jr.

jueves, 24 de noviembre de 2016

¿Por qué los cristianos necesitan Confesiones de Fe?



Este artículo aparece originalmente en el sitio de la Iglesia Presbiteriana Ortodoxa y ha sido traducido con permiso.
Aunque algunos afirmen lo contrario, el mundo cristiano no está dividido en dos grupos: los que tienen credos y confesiones y aquellos que solamente tienen la Biblia. En realidad está dividido en dos grupos: los que tienen credos y confesiones y las han escrito de manera pública, abiertos al escrutinio público y a la corrección y, aquellos que tienen confesiones pero no las escriben. La razón es simple: cada iglesia (y de hecho cada cristiano) cree que la Biblia tiene cierto significado, y según lo que crea que la Biblia le dice, así es su credo y confesión, sea que elija escribir sus creencias o no.
Por su puesto, aquellos que afirman no tener otro credo que a Cristo y ningún otro libro sino solo la Biblia, suelen tratar de proteger algo importante y bíblico: la autoridad suprema de la Escritura en todo asunto de la fe y práctica cristiana. Es el temor correcto de permitir que tradiciones o ideas no bíblicas impacten la sustancia de lo que la iglesia cree. Sin embargo, a pesar de todas las buenas intenciones que puedan tener, creo que eso que desean proteger – el estatus único de las Escrituras – se protege de una mejor y más explícita manera en los documentos confesionales, en conexión con una forma de gobierno eclesiástico cuidadosamente estudiada.
De hecho, aunque parezca irónico, son aquellos que no expresan sus confesiones en documentos escritos los que están en peligro de elevar la tradición por encima de las Escrituras, de tal manera que llega a ser imposible que la Biblia los gobierne.
Si una iglesia tiene un documento que dice que su escatología es dispensacional, sabemos cuál es su posición en lo que se refiere a los últimos tiempos, y entonces podemos tomar la actitud Bereana para comprobar esa postura por las Escrituras y ver si es correcta. Si la iglesia solo afirma que su posición con respecto a los últimos tiempos es la que se enseña en la Biblia, parece que está afirmando todo, pero en realidad no está afirmando nada.
En resumen, los credos y las confesiones conectados a una política eclesiológica bíblica, son partes vitales para mantener una vida de iglesia en conformidad con el Nuevo Testamento. Aquí se presentan siete razones por las cuales cada iglesia debería tenerlas.
  1. Las confesiones delimitan el poder de la iglesia
En una era en la que las palabras, especialmente las palabras que afirman verdades, son siempre consideradas sospechosas de un juego de poder manipulador, sería tal vez contra-intuitivo pensar en confesiones como delimitantes del poder de la iglesia. Sin embargo, al reflexionar se ve claramente que eso es lo que hacen. Un anciano en la iglesia tiene autoridad únicamente sobre los asuntos que la confesión define. Así, si alguien en la iglesia declara que la Trinidad no tiene sentido, o comete adulterio, los ancianos tienen el derecho y el deber de intervenir. Ambas cuestiones están cubiertas en los estándares de Westminster. Pero si alguien desea llegar a la iglesia con un traje amarillo brillante o decide hacerse vegetariano, los ancianos no tienen derecho a intervenir. Esos ancianos podrían tener reservas personales al respecto de la forma de vestir para ir a la iglesia o cuestionarse cómo podría alguien vivir sin comer una hamburguesa de vez en cuando, pero no es asunto de la iglesia meterse en esas cuestiones. De hecho esto es lo que preserva a las iglesias de convertirse en sectas: declaraciones claras y abiertas con respecto a dónde comienza y dónde termina la autoridad de la iglesia. Esto, ligado a procesos transparentes en el ejercicio de esa autoridad.
  1. Las confesiones ofrecen sumarios sucintos de la fe.
Si usted tiene en su biblioteca o en su bolsillo una copia de los estándares de Westminster, usted tiene más contenido teológico por página que cualquier otro libro aparte de la Biblia misma. Los tomos de teología suelen verse muy grandes y prohibitivos, y pocos tienen el tiempo para leerlos. En cambio el Catecismo Menor puede llevarse en el bolsillo, leerse en pocos minutos, y es de fácil memorización. Es un currículum teológico completo en una forma fácil de digerir. Por supuesto, hay otros libros que hacen lo mismo. Pero, ¿habrá alguno que lo haga de una forma tan eficiente y en una manera tan fácil de digerir? La iglesia que tenga una buena confesión y un buen catecismo tiene una herramienta pedagógica para llevar la verdad a su gente.
  1. Las confesiones permiten una discriminación apropiada entre los oficiales y los miembros
Hay cierto debate en los círculos reformados sobre cuánto conocimiento doctrinal debería requerirse a los que solicitan membresía en la iglesia. En cuanto a mí, pienso que Romanos 10 indica que la barra debe ponerse en el límite inferior y no en el superior. Una confesión básica, mientras esté acompañada de una actitud humilde y  de un espíritu enseñable, es suficiente.
Pero aun si algunos no están de acuerdo en poner la barra tan bajo, todos deberían estar de acuerdo en que debe haber una diferencia entre el conocimiento que se requiere para un oficial de la iglesia y para un nuevo miembro. Uno no debería terminar en el lugar donde uno comenzó la vida cristiana. Debe haber crecimiento en madurez, un aspecto de los cuales es el conocimiento doctrinal, y los documentos confesionales ofrecen un mapa para trazar el camino o el enmarcado de aspiraciones el cual dará sustancia y estructura a este crecimiento. La iglesia que no tiene una confesión o que solo tiene una declaración doctrinal mínima, tiene la desventaja de no ser capaz de establecer ante la gente alguna visión de lo que se supone que es tener una teología cristiana madura.
  1. Las confesiones resaltan lo que es de importancia.
Uno podría tal vez expresar este punto en términos negativos: si no está en la confesión, será difícil argumentar que tenga gran importancia. Esta es una de las razones por las cuales las confesiones deben ser algo elaboradas. Si por ejemplo, una iglesia tiene una confesión de 10 puntos doctrinales básicos, el problema que los ancianos van a enfrentar es cómo van a convencer a su gente de que un undécimo artículo es realmente importante. Si no está en la Confesión, entonces, de manera funcional, la iglesia está permitiendo liberad de conciencia en esa materia. Por ejemplo, si la declaración no hace referencia al bautismo y por lo tanto, se permite tanto a paidobautistas como a credobautistas ser elegidos como oficiales, entonces el asunto del bautismo se está considerando un asunto de indiferencia práctica. Lo mismo aplica para cualquier doctrina – la perseverancia, la santificación, la escatología: si no se menciona, entonces la iglesia no tiene una posición oficial al respecto y es algo que se relega como asunto de importancia menor.
De nuevo, volviendo al punto anterior: el nuevo convertido o el nuevo miembro no va necesariamente a saber lo que la iglesia considera de importancia y lo que se considera indiferente. Una confesión buena y elaborada, provee a la iglesia no solamente de un gran mapa pedagógico, sino que es un recurso útil para enseñar a la gente cuáles son los asuntos menos importantes y por qué.
  1. Las confesiones relativizan el presente y nos conectan con el pasado.
Todos sabemos que el cristianismo no se reinventa todos los Domingos. Pisamos firmes en el suelo que fue preparado para nosotros por muchos hermanos y hermanas en Cristo que fueron antes de nosotros. Sin embargo, podemos estar tentados a vivir como si esto no fuera verdad. Esto no debe sorprendernos, porque vivimos en una era donde las fuerzas anti-históricas de una cultura más amplia y poderosa son poderosas y lo invaden todo. Desde el comercial que nos asegura que nuestra próxima compra nos traerá felicidad o la ciencia que promete descubrimientos que facilitarán nuestra vida, todo alrededor nuestro apunta hacia el futuro, considerándolo lo más importante y ciertamente muy superior al pasado.
Por el contrario, el Cristianismo es una religión enraizada en la historia. Fue constituida por las acciones históricas de Dios, las cuales culminaron en Cristo, y llegó a nosotros por la fiel articulación y preservación de su mensaje a través de las edades. Esto es profundamente contra-cultural y algo que necesitamos recordar constantemente. Irónicamente, podría ser que los que afirman no tener otro credo aparte de la Biblia en realidad están reflejando un espíritu como el de nuestra época en cuanto a su triunfalismo histórico.
En este contexto, el uso de credos y confesiones es un medio intencional de conectarnos con el pasado, de identificarnos con la iglesia de las épocas anteriores, y así hacer relativa nuestra significancia en el gran esquema de cosas. La recitación de credos y fórmulas antiguas en la adoración es una manera en la cual esto se hace. La afirmación de los estándares confesionales, como un compromiso de los oficiales de la iglesia y el contenido de las ambiciones pedagógicas para la membresía de la iglesia, es otra manera.
  1. Las confesiones reflejan la sustancia de nuestra adoración
Cuando yo enseño mi curso sobre la Iglesia Antigua, siempre hago énfasis en que la dinámica de los primeros debates Trinitarios y Cristológicos fue doxológica e íntimamente ligada a la adoración cristiana. Poniéndolo de una manera simple, el grito de la primera iglesia “Jesús es el Señor” y la conjunción del Padre, Hijo y Espíritu Santo en la fórmula bautismal apuntaban al fundamento de una profunda teología. Ellos proveyeron el contexto para la discusión de lo que sería el fruto del Credo Niceno y de la definición de Calcedonia. La tradición confesional de la iglesia comienza con la reflexión sobre el significado de los actos de adoración.
Por dos milenios, la adoración de la iglesia no ha cambiado en lo que se refiere a los puntos fundamentales – es decir la declaración que Jesús es el Señor y que la salvación es un acto del Dios trino, Padre, Hijo y Espíritu Santo – y nuestras confesiones explican el contenido de estos puntos.
De manera que, no debemos pensar en las confesiones y en la doctrina que ellas contienen como un ser antitético a la adoración vibrante. La posesión de una confesión, por supuesto, no es equivalente a la adoración vibrante, ni tampoco la garantiza, como tampoco la existencia de un código legal no garantiza una sociedad civilizada. Sin embargo, las confesiones son prerrequisitos de una adoración racional y vibrante, las cosas dan sentido a lo que hacemos como cristianos.
Es muy posible que esta función confesional se volverá más importante conforme pasen los años. Conforme otras religiones se acercan al cristianismo, y especialmente cuando esas religiones hacen uso de cierta clase de vocabulario bíblico como el que nosotros usamos, va a ser más y más crucial que entendamos no solo cuáles palabras usar, sino lo que esas palabras significan realmente. Su amistoso amigo Mormón puede afirmar que Jesús es el Señor; y hasta puede que cante los mismos himnos en su servicio de culto. Por eso, usted necesitará saber qué es exactamente lo que su iglesia quiere decir cuando afirma que “Jesús es el Señor” o cuando se realizan bautismos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Las buenas confesiones le capacitarán para esto en una manera mejor que ninguna otra cosa.
  1. Las Confesiones cumplen una parte vital del plan de Pablo para la iglesia post-apostólica.
Cuando Pablo escribió desde la prisión a su protegido Timoteo, su mente estaba enfocada en cómo la iglesia debería manejarse once vez que él y los otros apóstoles dejaran la escena. Su respuesta tenías dos componentes: una estructura en la cual el gobierno de la iglesia fuera puesto en las manos de hombres ordinarios pero fieles, y una forma de sanas palabras. Ambas cosas eran necesarias. Sin estructura, la iglesia no tendría liderazgo; sin una forma de sanas palabras, se desviaría de su muelle, perdiendo contacto con su pasado y con otras congregaciones en el presente. Una forma de sanas palabras, una confesión, era crucial para mantener tanto la continuidad apostólica como la unidad entre los cristianos del presente. Y eso es lo que los documentos confesionales hacen en el día de hoy: sirven para unirnos con los fieles hermanos y hermanas del pasado y también con los del presente.
Esa pretensión que afirma “Ningún otro credo, solo Cristo, ningún libro solo la Biblia”, tiene un contenido piadoso y bíblico, y a la vez no tenemos que avergonzarnos de ser cristianos confesionales, porque las confesiones nos capacitan para mantener ciertas prioridades bíblicas. Debemos estar agradecidos por esto, a la vez que tratamos de mostrar a los hermanos no-confesionales una mejor manera de preservar las cosas que son de valor para todos los cristianos.

Carl. R. Trueman
[El autor, es un ministro de la Iglesia Presbiteriana Ortodoxa, enseña historia de la iglesia en el Seminario Westminster de Filadelfia. Ha escrito el libro “The Creedal Imperative”. New Horizons, February 2013]

jueves, 28 de julio de 2016

INSTRUMENTOS MUSICALES EN LA ADORACION PUBLICA EN LA IGLESIA


Introduccion
Muchos asumen que el uso de instrumentos en el culto Cristiano estuvo siempre presente y se quedan sorprendidos y asombrados cuando escuchan que dentro del Presbiterianismo Reformado no se usa instrumentos de musica para el culto público en la iglesia. 

En realidad la historia de la Iglesia Cristiana nos enseña algo diferente referente a este tema.

 El gran teólogo y filósofo Presbiteriano, John L. Girardeau 1, escribio extensivamente acerca de este tema. Aqui les ofrezco un extracto breve de su tema que he traducido de su obra del Ingles, acerca del uso de instrumentos musicales en el servicio público. Espero que este tema sea de ayuda a aquellos que quieren entender mas acerca de este tema.

 
Con referencia a la época en que los órganos fueron introducidos por primera vez en uso en la Iglesia Católica Romana , escuchemos a Bingham : "Es generalmente aceptado entre los eruditos de que el uso de órganos entró en la iglesia desde los tiempos de Tomás de Aquino, Anno 1250, porque el en sus Summas Teologicas, tiene estas palabras : "Nuestra iglesia no utiliza instrumentos musicales, arpas y salterios , para alabar a Dios con todo, para que ella nno parezca judaizante " ... 1
El Sr. Wharton también ha observado que Marinus Sanutus , que vivió hacia el año 1290, fue el primero que trajo el uso de órganos de viento en iglesias, de dónde él tenía por sobrenombre Torcellus , que es el nombre de un órgano en la lengua italiana.
Detengámonos un momento para darnos cuenta de este hecho, el cual es apoyado con una gran cantidad de pruebas irrefutables, que la iglesia cristiana no empleó la música instrumental en su culto público por 1200 años después de Cristo .... también merece considerar seriamente que a pesar de la acelerada y creciente desviación de la corrupción en el culto, así como en la doctrina y el gobierno, la Iglesia Católica Romana no adoptó esta práctica corrupta del uso de los órganos hasta mediados del siglo XIII.
Cuando el órgano se introdujo en su culto se encontró con una fuerte oposición; e implementaron su uso en la iglesia poco a poco hasta la aceptación general. Estos seguramente son hechos que deben impresionar profundamente a las iglesias protestantes.
¿Cómo van a adoptar una práctica que la Iglesia de Roma, en el año 1200, no había aun admitido? ... Luego vino la Reforma.
Y surge la pregunta, ¿Cómo los reformistas trataron con los instrumentos musicales en la iglesia? ... Zwinglio ya había sido citado para mostrar que los instrumentos musicales fueron una de las sombras de la antigua ley, que ha sido cumplido en el evangelio. Él dice que su empleo en la dispensación actual "malvada perversidad. " No hay duda en cuanto a sus puntos de vista sobre el tema, que fueron adoptadas por las iglesias reformadas suizas ... Calvino es muy explícito en su condena de la música instrumental en relación con el culto público de la Iglesia cristiana.
En su homilía en 1 Sam 18: 1-9, Calvino ofrece su comentario enfática y solemnemente sobre el tema: "En el Papado había una imitación ridícula e inadecuada [de los Judios]. Mientras que ellos adornaban sus templos , y se valoraban a sí mismos como habiendo hecho de la adoración a Dios más espléndida y acogedora , emplearon órganos, y muchas otras cosas absurdas, por la cual la Palabra y la adoración a Dios son sumamente profanadas, la gente es mucho más apegada a esos ritos que a la comprensión de la Palabra divina ..."
Cualquiera que sea la práctica de los últimos tiempos de las iglesias de Holanda, los Sínodos de la Iglesia Reformada Holandesa, poco después de la Reforma, se pronunciaron decididamente en contra del uso de la música instrumental en la adoración pública. El Sínodo Nacional en Middleburg, en 1581, declaró en contra de ella, y el Sínodo de Holanda y Zelanda en 1594, adoptó la resolución firme, "para que se esforzarían por obtener del juez e dejar a un lado los órganos, y el canto con ellos en las iglesias ..." El Sínodo Provincial de Dort también arremetió duramente contra su uso ... El reverendo Charles H. Spurgeon, ... mantiene una simplicidad apostólica de culto.
La gran congregación que ha sido bendecida con el privilegio de escuchar sus instrucciones no tiene órgano "para ayudar " en el canto ... Las iglesias no Prelaticias, Independientes y Presbiterianas, comenzaron su desarrollo en el continente americano sin la música instrumental. Siguieron a los Puritanos Ingleses y a la Iglesia de Escocia, que habían adoptado los principios de la Iglesia Reformada Calvinista ... Así, se ha demostrado mediante una apelación a los hechos históricos, que la Iglesia, a pesar de caer más y más en la deserción de la verdad y en la corrupción de la práctica apostólica, no tuvo música instrumental durante mil doscientos años, y que la Iglesia Reformada calvinista lo expulsó desde sus servicios como un elemento del Papado, incluso la Iglesia de Inglaterra había llegado muy cerca a su extrusión de su culto. El argumento histórico, por lo tanto, se combina con el de las escrituras y el confesionario para elevar una protesta solemne y poderosa en contra de su empleo por la Iglesia Presbiteriana. ES HEREJÍA EN LA ESFERA DE CULTO.
Por: Caesar M Arevalo  
NOTAS :
1 John L Girerdeau (1825-1898) Considerado uno de los más grandes teólogos y filósofos del Presbiterianismo del Sur. Descendiente directo de familia Hugonote. Fue llamado el “Spurgeon de America.”
2. Works, vol. iii . , p . 137 , ff .
De: "La música instrumental en la adoración pública de la Iglesia"
Por John L. Girardeau. (Still Waters Revival Books, [1888] 2000), "El argumento histórico", pp 158, 159, 161, 165, 170, 179.

jueves, 2 de junio de 2016

QUE DICE LA BIBLIA SOBRE LA GUERRA





El mundo es anormal. A causa de la caída no es lo que Dios quiso que fuese. Tiene cosasque duelen, pero hay que enfrentarlas. No debemos actuar como si todo fuese perfecto. Los esquemas utópicos que pretenden crear una sociedad perfecta en este mundo caído casi siempre han traído tragedia. La Biblia nunca ha sido utópica. La moralidad bíblica auténtica, contraria a las ideas romanticistas que brotan de un falso cristianismo, demanda que oremos por todos los hombres pero nos manda a algo más que sólo orar En base al estudio de la Escritura puedo decir que rehusar hacer lo que podamos por aquellos que están bajo el poder de los opresores no es otra cosa que fallar en el amor cristiano... Esta es la razón por la que no soy un pacifista. El pacifismo en este mundo caído, perdido y empobrecido por el pecado, significa que tendríamos que abandonar a la gente que más necesita nuestra ayuda."
(Francis Scheffer).
QUE DICE EL ANTIGUO TESTAMENTO
Algunos alegan que el sexto mandamiento
“No matarás” es una prueba de que cualquier guerra es contra la voluntad de Dios. Pero, el mismo Dios que en Éxodo 20:13 dijo “no
matarás” que en realidad significa “No cometerás asesinato,” es el que en el capítulo
21:12 dice “El que hiere a alguno haciéndole morir, él morirá.” Y  siglos antes, Él había
dicho “quienquiera que derrame sangre de hombre, por el hombre su sangre será derramada
(Gen. 9:6).
Dios mandó que el asesinato malicioso fuese castigado con la pena de muerte del asesino.
De modo que el juez que sentencia a un criminal a muerte no es culpable de crimen, de la
misma manera que si lo sentencia a pagar una multa no es culpable de robo. De otra manera
no sería posible mantener la justicia pública. Y el policía o el soldado que defiende su país,
como el juez que protege a la sociedad, no actúan con motivos maliciosos para vengar una
ofensa personal, sino con un motivo altruista para mantener la seguridad pública. Ellos
realizan su trabajo, no como una obligación personal sino como oficiales del estado. Y en la
Escritura,
la guerra entre las naciones cae dentro de la misma categoría que la pena de muerte para los criminales.
No hay nada en el Antiguo Testamento que sugiera que es inconsistente ser soldado y a la
vez seguidor de Dios. Hay cerca de 35 o más referencias en el Antiguo Testamento donde
Dios mandó a usar la fuerza armada para que se realizaran sus propósitos. Las Escrituras
muestran a Dios como un Dios de paz igual que lo muestra como un Dios de guerra. Y
decir, como algunos pacifistas dicen, que la guerra desafía la justicia de Dios, es no sólo
pretencioso sino equivalente a decir que Dios mismo es injusto. La Biblia, el mismo libro
que los cristianos decimos aceptar como la única regla infalible de fe y práctica, declara que
en ciertas circunstancias, Dios no sólo permite la guerra sino la manda. Sin embargo, la
Escritura no glorifica la guerra, o a los guerreros como tales. En varias ocasiones se le negó
el permiso a los israelitas para involucrarse en guerras o gloriarse en sus victorias militares.
A David, el más grande guerrero en el Antiguo Testamento, se le prohibió edificar el
templo de Jehová porque había derramado mucha sangre. La guerra es vista como una
terrible e indeseable necesidad en las manos de Dios para contener y castigar los pecados
de las naciones.

Debia ser evitada hasta donde fuera posible y nunca glorificada y esta es la actitud que nosotros debemos tener hacia ella hoy

QUE DICE EL NUEVO TESTAMENTO
El Nuevo Testamento no enseña directamente sobre la guerra, aunque sí dice con claridad
que los gobiernos civiles son divinamente establecidos y que los ciudadanos deben
reconocer su autoridad y sujetarse a ellos.
Sin embargo, el Antiguo y Nuevo Testamento son suplementarios, no contradictorios. Y
aunque los mandamientos ceremoniales del Antiguo Testamento han sido abrogados, todos
sus mandamientos morales aún están en vigencia. El silencio del Nuevo Testamento
aparentemente descansa sobre el entendido de que el tema de la guerra ya ha sido tratado
adecuadamente y no requiere cambios o adiciones.
Los pacifistas alegan que las enseñanzas de Jesús prohíben a los cristianos participar en la
guerra. Pero eso no es así, pues Él consideraba a las escrituras del Antiguo Testamento
como autoritativas y basaba sus enseñanzas en él. De manera que si lo tomamos a Él como
nuestra autoridad, debemos aceptar la autoridad del Antiguo Testamento.
Examinemos detalladamente las palabras de Cristo. ¿Qué significa Mateo 5:
30 donde Él dice: “No resistáis al que es malo, y a cualquiera que te hiera en la mejilla derecha, vuélvele también la otra personal que reclamar nuestros derechos e involucrarnos en una pelea, que debemos devolver bien por mal a nuestros enemigos para que se avergüencen si son sensibles (Tres de cada cuatro de los problemas que tenemos con otras personas, usualmente, son causados  por malos entendidos, y podrían resolverse con un p
oco de paciencia y una actitud pacificadora). Pero este mandamiento se refiere a nuestra actitud individual.
Una persona puede sacrificarse a sí misma, pero nadie tiene el derecho de sacrificar a otros.
Como dijo alguien “Yo no voy a poner la mejilla de mi esposa, o la de un indefenso o un
débil a quien soy llamado a proteger.” Desde esta perspectiva, entrar en una guerra por
defender a los indefensos, es “poner mi otra mejilla” al arriesgarme a que el enemigo me
haga daño a mí antes que a los que yo amo.
Luego que todo haya pasado, debemos amar y perdonar a nuestro enemigo. ¿No puso Cristo su “otra mejilla” por nosotros? Cristo nunca
intentó que “poner la otra mejilla” fuese literal. Cuando lo abofetearon en Juan 18:22, 23,
Él no dejó pasivamente que lo siguieran haciendo, sino que reprendió a su abusador: “si he
hablado mal, di en dónde está el mal, y si bien, ¿por qué me golpeas?”
Algunos, para probar que no se debe usar la fuerza militar contra nadie, citan la regla de oro
que dice; “Todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así haced
vosotros con ellos” (Mt. 7:12). Pero en el caso de una guerra tenemos que decidir quiénes
son los hombres en cuyo lugar nosotros queremos ponernos, o los codiciosos, criminales,
tiranos que quieren que nos sometamos a ellos, o nuestras esposas, hijos e indefensos que
necesitan nuestra protección. guerra contra nadie. Pero aunque debemos amar a nuestros enemigos, eso no significa que no debemos defendernos a nosotros y a nuestros seres queridos de los que nos quieren sentencia a los malhechores puede y debe a la vez simpatizar y tener lástima por él.
Ciertamente debemos amar a nuestros enemigos, pero no en la misma forma ni con la
Misma intensidad con que amamos a nuestros amigos. Podemos amarlos de modo que
sabiendo que están equivocados y que pueden y quieren dañarnos, les resistimos y
peleamos contra ellos sin odiarlos, sino deseando honestamente que se vuelvan de sus
malos caminos hacia lo bueno.

Loraine Boettner

sábado, 2 de abril de 2016

Breve historia de los credos y confesiones

RVDO. ARCHIBALD ALEXANDER HODGE
 El contenido de este librito es parte del comentario del Rvdo. Archibald Alexander Hodge sobre la Confesión de Fe de Westminster.

Archibald Alexander Hodge era el hijo eminente y sucesor de Carlos Hodge. Después de trabajar tres años como misionero en la India, y catorce años como pastor, Hodge pasó el resto de sus años enseñando Teología Sistemática en los seminarios teológicos en Allegheny (1864-1877) y Princeton (1877-1886). En este trabajo demostró ser uno de los más grandes profesores que América jamás haya producido. El profesor Patton de Princeton, referiéndose a Hodge dijo:

« Su pensamiento y enseñanza fueron los de un genio y un santo, y ocupa una posición única entre sus iguales. Se ciñó a la teología reformada como una obligación sagrada. Lo defendió con celo, lo pensó con entusiasmo y lo reflejó en su vida ».

INTRODUCCIÓN

Todo lo que el hombre debe creer respecto a Dios, y los deberes que Dios impone al hombre, son revelados en las Escituras del Antiguo y Nuevo Testamento, las cuales habiendo sido dadas por inspiración de Dios, son la única y suficiente regla de fe y práctica religiosa para el hombre en su estado actual. Por esto deben ser creídas las unas y obedecidos los otros por ser la Palabra de Dios. Esta Palabra divina, entonces, es el único tipo o regulador de doctrina que tiene autoridad intrínseca para ligar la conciencia de los hombres. Todo lo demás tipos o reguladores tendrán tal autoridad, solamente cuando enseñen lo que las Escrituras contengan.

No obstante, que las Escrituras son la obra de Dios, la comprensión de ellas pertenece a los hombres. Estos deben interpretar conforme a su mayor habilidad cada parte de la Escritura separadamente, y luego combinar en un todo completo cuanto ella enseña sobre cada verdad, y en seguida arreglar sus enseñazas sobre diferentes verdades en concordancia mutua como partes de un sistema armonioso. Todo estudiante de la Biblia tiene que hacerlo así; y que lo han hecho todos, es claro por los términos que usan en sus oraciones y discursos religiosos, ya sea que admitan o nieguen la conveniencia de los credos y confesiones humanas. Si ellos rehusan la ayuda ofrecida por las exposiciones de doctrina lentamente elaboradas y definidas por la Iglesia, deben hacer su credo particular con su propia sabiduría y sin ayuda alguna. La verdadera cuestión no es, como se pretende con frecuencia, entre la Palabra de Dios y los credos de los hombres, sino entre la fe ensayada y aprobada por el cuerpo colectivo del pueblo de Dios, y el juicio privado del repudiador de credos que no quiere que su inteligencia sea ayudada de nadie.

Digámoslo de una vez, es una cuestión de hecho el que la Iglesia ha ido avanzando gradualmente en la obra de perfeccionar la interpretación de las Escrituras y de definir las grandes doctrinas que forman el sistema de verdades reveladas. La atención de la Iglesia ha sido dirigida especialmente al estudio de una doctrina en una época, y a la de otra en tiempo diferente. Como ella ha ido avanzando poco a poco en el discernimiento claro de la verdad evangélica, en diferentes tiempos ha ido sentando exposiciones más perfectas de sus adquisiciones en forma de Credo o Confesión de fe, con el objeto de instruir al pueblo y preservar sus doctrinas. Como al mismo tiempo los herejes se levantan por todas partes pervirtiendo la Escritura, exagerando ciertos aspectos de la verdad y negando otros igualmente esenciales, y el efecto de esto es cambiar la verdad de Dios en mentira, la Iglesia entonces se ve forzada por el gran principio de la propia conservación, a formar definiciones completas que contengan la verdad y excluyan el error de cada verdad particular que haya sido falsificada, y hacer exhibiciones comprensibles del sistema de verdades reveladas, y que ninguna de sus partes sea indebidamente disminuída o exagerada, sino que guarde la debida propoción con el todo. Al mismo tiempo debe hacer provisión para la disciplina eclesiástica, a fin de asegurar la cooperación efectiva de los que desean trabajar juntamente en la misma causa, y para que los maestros públicos de la misma comunión no se contradigan el uno al otro, y uno derribe lo que el otro se esfuerza en edificar. También deben prepararse formularios que representen hasta donde sea posible la verdad recibida por todos, y que revestida con la autoridad pública, sirvan para la instrucción de los miembros de la Iglesia y especialmente de los niños.

En todos los tiempos y en todas las ramas de la Iglesia, se ha encontrado que los Credos y Confesiones son necesarios, y cuando no se ha abusado de ellos han servido para los fines siguientes:

(1) Para marcar, disemminar y preservar las adquisiciones alcanzadas en el conocimiento de la verdad cristiana, por alguna rama de la Iglesia en alguna cisis de su desenvolvimiento.

(2) Para discernir entre la verdad y los malos comentarios de los falsos maestros, y presentarla con integridad y debida proporción.

(3) Para servir de base de asociación eclesiástica a los que están acordes en trabajar juntamente en armonía.

(4) Para usarlos como instrumentos en la gran obra de la instrucción popular.

Debe recordarse, sin embargo, que la materia de estos Credos y Confesiones liga a la conciencia de los hombres nada más en aquello que es puramente bíblico, y sólo por serlo: y en cuanto a la forma en que la materia se asienta, sólo liga a los que voluntariamente admiten la Confesión; y la razón para ello es que la han admitido.

En todas las iglesias se hace distinción marcada entre los términos en que son admitidos los miembros privados a la comunión, y los términos en que son admitidos los funcionarios a los oficios sagrados de enseñanza y gobierno. Una iglesia no tiene derecho de hacer condición de recepción sino lo que Cristo haya hecho condición de salvación. La Iglesia es el redil de Cristo. Los Sacramentos son los sellos del pacto. Tienen derecho a pedir su admisión, aquellos que hacen profesión creíble de la verdadera religión, - aquellos de los cuales se pueda tener la presunción de que sean del pueblo de Cristo. Esta profesión creíble, envuelve de contado, un conocimiento competente de las doctrinas fundamentales del cristianismo- una declaración de fe personal en Cristo y de consagración a su servicio, y el estado debido en la mente y la disposición necesaria para ello. Por otra parte, ningún hombre debe ser instalado en algún oficio de una iglesia, cuando no profesa creer en la verdad y sabiduría de la constitución y leyes que es su deber conservar y administrar. De otra manera la armonía de sentimiento y la cooperación efectiva sería imposible.

El Sínodo original de nuestra Iglesia Presbiteriana de América, en el año 1729, adoptó solamente la Confesión de Fe y los Catecismos de Westminster como modelo doctrinal de la Iglesia. Su acuerdo dice así:

« Todos los ministros de este Sínodo, 18 en número, menos uno que declaró que no estaba preparado para dar su asentimiento, (pero lo hizo en la próxima reunión), después de proponer y discutir los escrúpulos que algunos de ellos tenían para aceptar la Confesión de Fe y los Catecismos Mayor y menor de la Asambea de Teólogos de Westminster, y conformes en la solución de ellos, declaran que dicha Confesión y Catecismos son la Confesión de su Fe, excepto algunas aláusulas en los capítulos vigésimo tercero, referentes a los magistrados civiles.»

Otra vez el mismo cuerpo en el año 1788, preparando el camino para la organización de la Asamblea genaral, dice así:

«El Sínodo, después de examinar detenidamente toda la Forma de Gobierno y Disciplina, la ratifica y adopta con las enmiendas que hoy tiene, como la Constitución de la Iglesia Presbiteriana en América, y por el presente ordena que se le estime, considere y observe estrictamente como regla en los procedimientos de todos los tribunales inferiores de este cuerpo.»

«El Sínodo, después de revisar y corregir el Directorio de Culto, lo adoptó, y por el presente manda que dicho Directorio con las enmiendas que hoy tiene, sea la guía en la adoración a Dios en la Iglesia Presbiteriana en los E. E. U. U. El Sínodo manda que el Directorio y Catecismos se impriman y agreguen al volumen de la Confesión de Fe, Forma de Gobierno y Disciplina, y que todo sea considerado como el tipo de nuestras doctrinas, gobierno, disciplina y forma de culto, conforme a los acuerdos del Sínodo en sus actuales sesiones.»

Lo que sigue es un resumen o historia general de los principales Credos y Confesiones de las diferentes ramas de la Iglesia Cristiana. Al anumerarlos seguimos el orden del tiempo y de las iglesias que se adhirieron a ellos.

Capítulo 1.

LOS CREDOS ANTIGUOS QUE EXPRESAN
LA FE COMUN DE TODA LA IGLESIA

Son pocos los Credos que se formaron antes del tiempo de la Reforma y se refieren a los principios fundamentales del cristianismo, especialmente a la Trinidad y a la persona del Dios Hombre y son la herencia de toda la Iglesia.

1º. Credo de los Apóstoles

Este no fue escrito por los Apóstoles sino que se fue formando gradualmente por un consentimiento común, fundándose en las varias confesiones que separadamente habían adoptado las congregaciones particulares y que usaban en la recepción de sus miembros. Adquirió su forma actual y el uso entre todas las iglesias, afines del siglo segundo. Fue puesto al fin del Catecismo Menor juntamente con la Oración del Señor y los Diez mandamientos en la primera edición publicada por orden del parlamento, «no porque se creyera que había sido compuesto por los Apóstoles, o porque debiera considerarse como escritura canónica... sino por ser un breve resumen de la fe cristiana, de acuerdo con la Palabra de Dios, y recibido antiguamente en as iglesias de Cristo.»

2º. Credo Niceno

Este fue formado sobre las bases de los Apóstoles, y la cláusula relativa a la divinidad sustancial de Cristo, fue agregada por el Gran Concilio celebrado en Nicea, Bitinia, 325 a.C., y las que se refieren a la divinidad y personalidad del Espíritu Santo, las añadió el segundo Concilio Ecuménico reunido en Constantinopla, 381 a.C., y la cláusula «filioque» (quiere decir: y del Hijo) la añadió el Concilio de la Iglesia Occidental verificado en Toledo, (España) 589 a.C. En su forma actual es el Credo de toda la Iglesia Cristiana; la Iglesia Griega sólo rechaza la última cláusula mencionada. Dicho credo es como sigue:

«Creo en un solo Dios Padre Todopoderoso, Creador del cielo y de la tierra, y de todas las cosas visibles e invisibles;
Y en un solo Señor Jesucristo, Hijo Unigénito de Dios,
Engendrado del Padre antes de todos los siglos,
Dios de Dios, Luz de Luz, verdadero Dios de Dios verdadero,
Engendrado, no hecho, consubstancial con el Padre;
Por el cual todas las cosas fueron hechas,
El cual por amor de nosotros y por nuestra salud descendió del cielo,
Y tomando nuestra carne de la virgen María, por el espíritu Santo, fue hecho hombre,
Y fue crucificado por nosotros bajo el poder de Poncio Pilato,
Padeció, y fue sepultado;
Y al tercer día resucitó según las Escrituras,
Subió a los cielos y está sentado a la diestra de Dios Padre.
Y vendrá otra vez con gloria a jugar a los vivos y a los muertos;
Y su reino no tendrá fin.
Y creo en el Espíritu Santo, Señor y Dador de vida, procedente del Padre y del Hijo.
El cual con el Padre y el Hijo juntamente es adorado y glorificado;
Quien habló por los profetas,
Y creo en una santa Iglesia Católica Apostólica.
Confieso un bautismo para remisión de pecados,
Y espero la resurrección de los muertos,
Y la vida del siglo venidero. Amén.»

En el transcurso del tiempo brotaron en el seno de la iglesia opiniones heréticas respecto a la constitución de la persona de Cristo.

Por esta razón la iglesia se vio forzada a proveer definiciones adicionales que sirvieran de defensa a la verdad. Una tendencia herética se desarrolló hasta el extremo en el Nestorianismo que sostenía que las naturalezas divina y humana de Cristo, constituían dos personas. Esto fue condenado por el Concilio de Efeso 431 d. C. La tendencia herética opuesta llegó a su colmo en el Eutiquianismo, que sostenía que las naturalezas divina y humana de Cristo, estaban unidas de tal manera que no eran sino una sola. Estas herejías las condenó el Concilio de Calcedonia, 451 d. C. Estos Credos que sostienen que Cristo tiene dos naturalezas en una persona, definen la fe de la Iglesia y son recibidos y aprobados por ella.

3º. Credo Atanasiano

Evidentemente éste fue compuesto mucho tiempo después de la muerte del gran teólogo cuyo nombre lleva, cuando, concluyendo las controversias, fueron establecidas las definiciones de los Concilios de Efeso y Calcedonia ya mencionados arriba. Es un gran monumento, único de la fe inmutable de la Iglesia en lo que se refiere a los grandes misterios de la piedad, de la Trinidad de personas en un solo Dios, y de la dualidad de naturalezas en la persona de Cristo.



CREDOS Y CONFESIONES
DE LAS DIFERENTES RAMAS
DE LA IGLESIA EN EL TIEMPO DE LA REFORMA

1º. Tipos doctrinales de la Iglesia de Roma

Con el objeto de oponerse al progreso de la Reforma, el papa Paulo III convocó el Gran Concilio Ecuménico en Trento (1545-1563). Las liberaciones de este Concilio llamadas Cánones y Decretos del Concilio de Trento, forman la más alta autoridad doctrinal reconocida por esa Iglesia. Dichos cánones explican los decretos, distribuyen la materia de los puntos principales y condenan lo que de la doctrina Protestante se opone a ellos.

El Catecismo Romano que explica y recomienda los cánones del Concilio de Trento, se preparó y fue promulgado por la autoridad del papa Pío IV, 1556.

La Confesión de Fe Tridentina se impuso sobre todos los sacerdotes y candidatos de la Iglesia Romana y a los conversos de otras iglesias.

En adición a esto, algunas bulas papales y varios escritos privados han sido elevados a la categoría de tipo de fe verdadera por la autoridad de los papas; por ejemplo «Catecismo de Bellarmino» 1603, y la bula «Unigenitus», de Clemente XI, 1711.

La Teología enseñada en todos estos modelos papales, es Arminiana.

2º. Tipos doctrinales de la Iglesia Griega

La iglesia antigua, primero por causas políticas y eclesiásticas, después por diferencias en la doctrina y el rito, se dividió en dos grandes secciones. La Iglesia Oriental o Griega, y la Iglesia Occidental o Latina. Esta división comenzó a hacerse notable en el siglo séptimo y se consumó en el undécimo. La Iglesia Griega se extiende por Grecia, abarca la mayor parte de los cristianos del Imperio Turco, y la gran masa de habitantes civilizados de Rusia. Todas las Iglesias Protestantes nacieron al influjo de la Reforma, de la Iglesia Occidental o Romana.

Atribúyese la Iglesia Griega el título de «ortodoxa», en un grado superior por razón de que los credos originales que definen las doctrinas de la Trinidad y de la persona de Cristo, y que ya mencionamos arriba, fueron hechos en la parte oriental de la Iglesia antigua, y por lo tanto son herencia suya en cierto sentido. Fuera de los límites que abarcan los credos antiguos y que dicha Iglesia sostiene con tenacidad, su teología se ha desarrollado muy imperfectamente. Poseen, sin embargo, algunas confesiones de tiempo más moderno, como la «Confesión Ortodoxa» de Pedro Mogilas, 1642, obispo metropolitano de Kiev, y la Confesión de Gennadius, 1453.

3º. Confesiones de la Iglesia Luterana

Todas las Iglesias Protestantes del tiempo de la Reforma se dividieron en dos grandes familias. La Luterana que incluye todas aquellas a las cuales imprimió su carácter el gran reformador cuyo nombre llevan; la Reformada, que por la otra parte incluye todas aquellas que derivaron su carácter de Calvino.

La familia de Iglesias Luteranas la componen todos los protestantes de Alemania y de las provincias Bálticas de Rusia que se adhirieron a la Confesión de Augsburgo, juntamente con las Iglesias nacionales de Dinamarca, Suecia y Noruega, y la gran denominación de este nombre en América.

Sus libros Simbólicos son:

(1) La Confesión de Augsburgo, de la que fueron autores Lutero y Melancthon. Firmada por los jefes y príncipes Protestantes, fue presentada el Emperador y a la Dieta imperial en Augsburgo, a.C1530. Es la Confesión Protestante más antigua, la base en que se funda la teología Luterana, y el modelo más universalmente aceptado por dichas Iglesias.

(2) La Apología (Defensa) de la Confesión de Augsburgo preparada por Melancthon, a.C.1530, y firmada por los teólogos protestantes en Smalcalda, 1537.

(3) Los Catecismos Mayor y Menor preparados por Lutero, 1529; «el primero para el uso de los predicadores y maestros, y el segundo como guía para instruir a los jóvenes.»

(4) Los Artículos de Smalcalda, elaborados por Lutero y firmados por los teólogos evangélicos en febrero, 1537, en el lugar cuyo nombre llevan.

(5) La Fórmula Concordia (Forma de Concordia) fue preparada en 1577 por Andreä y otros para aclarar ciertas controversias que se habían levantado en la Iglesia Luterana, que se referían especialmente
(a) a la actividad de la gracia divina y el libre albedrío humano en la regeneración,
(b) y a la presencia del Señor en la Eucaristía. Su autoridad, sin embargo, sólo se reconoce por lo más formalista del partido Luterano, es decir por aquellos que observan rígidamente las peculiaridades de la teología Luterana, llevada hasta su último desenvolvimiento.

4º. Confesiones de las Iglesias Calvinistas

Las Iglesias Reformadas son aquellas de Alemania que suscribieron el Catecismo de Heidelberg, las Iglesias Protestantes de Suiza, Francia, Holanda, Inglaterra y Escocia, los Independientes y Bautistas de Inglaterra y América, y las ramas diferentes de la Presbiteriana en los dos últimos países mencionados.

Las Confesiones Reformadas son muy numerosas aun cuando esencialmente están de acuerdo en la doctrina que enseñan. Las recibidas y consideradas más comúnmente como los tipos más elevados de autoridad simbólica del sistema general, son las siguientes:

(1) La segunda Confesión Helvética, preparada por Bullinger, 1564.

«La aceptaron todas las Iglesias Reformadas de Suiza con excepción de Basilea (que se conformó con la primera Confesión Helvética, su antiguo símbolo,) y por las Iglesias Reformadas de Polonia, Hungría, Escocia y Francia.»? (?History of Christian Doctrine, por Shedd)

(2) El Catecismo de Heidelberg preparado por Ursinus y Oleviano, 1562.

La autoridad civil lo estableció tanto para tipo doctrinal como para la instrucción religiosa en las Iglesias del Palatinado, (estado Alemán que en aquel tiempo incluía ambas orillas del Rhin.) También lo autorizó el Sínodo de Dort, y es la Confesión de Fe de las Iglesias Reformadas de Alemania y Holanda, y de las Iglesias Reformadas Alemanas y Holandesas en América.

(3) Los treinta y nueve Artículos de la Iglesia de Inglaterra.

Estos fueron originalmente elaborados por Cranmer y Ridley 1551, y al revisarlos por orden de la reina Isabel 1562, los obispos los redujeron al número actual. Estos artículos son Calvinistas en la doctrina, y son el tipo doctrinal de las Iglesias Episcopales de Inglaterra, Escocia, América y las Colonias inglesas.

(4) Los Cánones del Sínodo de Dort.

Este famoso sínodo fue convocado en Dort, Holanda, por mandato de los Estados Generales, con el objeto de aclarar algunas cuestiones controvertidas por unos discípulos de Arminio. Comenzaron las sesiones el 13 de noviembre del año 1619.

Estaba por modo por pastores, ancianos y profesores de Teología de las iglesias de Holanda, de diputados de las iglesias de Inglaterra, Escocia, Hesse, Bremen, el Palatinado y Suiza; los delegados franceses no asistieron por habérselo impedido una orden del rey. Los Cánones de este Sínodo fueron recibidos por todas las Iglesias Reformadas como verdadera, segura y eminente exposición autorizada del sistema de Teología calvinista. Ellos, juntamente con el Catecismo de Heidelberg, consituyen la Confesión de Fe de las Iglesias Reformadas de Holanda, y de la Iglesia Reformada Holandesa de América.

(5) La Confesión y Catecismos de la Asamblea de Westminster.

La Confesión y los Catecismos son el tipo doctrinal de las Iglesias Presbiterianas de origen inglés o escocés. es también de todos los Credos el que ha recibido la mayor aprobación de los cuerpos Congregacionalistas de Inglaterra y América. La Convención Congregacional reunida por Cromwell en Saboya, Londres, 1658, declaró que aprobaba la parte doctrinal de la Confesión y Catecismos de la Asamblea de Westminster, arreglando su propia Confesión, es decir la de Saboya, casi en los mismos términos. «En verdad, la diferencia de estas dos Confesiones es tan pequeña, que los Independientes modernos la han puesto a un lado (a la confesión de Saboya) y se han unido a los Presbiterianos en el uso de los Catecismos de la Asamblea para la instrucción de la familia.»* (*Neal, Puritanos, II. 178.)

Todas las Asambleas verificadas en Nueva Inglaterra con el fin de asentar las bases doctrinales de sus iglesias, recomiendan o adoptan explícitamente esta Confesión y Catecismos como exposiciones exactas de su fe. Esto lo hizo el Sínodo de Cambridge, Massachusetts, en junio de 1647, y otra vez cuando preparó el «Plan de Cambridge»* en agosto de 1648. También lo hizo el Sínodo en Boston en mayo de 1680. Por último, también lo hizo el Sínodo de Saybrook, Connecticut, cuando hizo el «Plan de Saybrook en 1708.»* (*History of Christain Doctrine, por Shedd.)